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¿Qué contratos de trabajo bonificados tenemos en el 2019?

15 marzo 2019

El 01 de enero de 2019 entró en vigor el Real Decreto 28/2018 de 28 de febrero para la revalorización de pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo la cual deroga todas bonificaciones de los contratos de trabajo excepto las siguientes:

  • Contratos a personas con discapacidad. 
  • Contratos a personas que tengan acreditada la condición de víctima. 
  • Contratos a personas con riesgo de exclusión social.
  • Contratos para la formación y el aprendizaje. 

Contratos de trabajo bonificados: EL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN

Estos contratos se han visto modificados en uno de sus requisitos fundamentales: la edad.

Desde el 01 de enero sólo podemos hacer contratos para la formación a los trabajadores comprendidos entre los 16 y 24 años inclusive.

Cabe recordar que los requisitos de los contratos para la formación son los mismos, al margen de la edad. Recordamos características del contrato:

  • ÚNICO contrato con bonificación
  • 100% SEGUROS SOCIALES (134,16€/mes)
  • FORMACIÓN (aprox. 200€/mes)
  • TUTORIZACIÓN LABORAL (60€-80€/mes recibe la empresa)
  • SECTORES: COMERCIO Y MARKETING, HOSTELERÍA Y TURISMO, ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN, INFORMÁTICA Y COMUNICACIÓN, SERVICIOS SOCIOCULTURALES, TRANSPORTE Y LOGÍSTICA.
  • FORMACIÓN LIGADA AL CONTRATO:
    • CICLOS FORMATIVOS (FP Distancia). Consejería de Educación.
    • CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD (Online), Consejería de Empleo.

En Formalia tienes la oportunidad de elegir la formación acreditable oficial ligada al contrato. 

Consulta tú caso y te asesoramos sobre la viabilidad de dicho Contrato.

RAQUEL MORENO ZAMBRANO

Dpto. Formación | Contratos para la Formación

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2 comentarios

  • carmen 13 enero, 2020

    Por lo que veo, la formación por parte de la empresa, no es valido para el tipo de contrato bonificado?

    • owner

      Grupo Preving 14 enero, 2020

      Hola Carmen, la formación ligada a los contratos para la formación bonificados son formaciones acreditadas por el SEPE para que sean impartidas por centros formadores. Con lo que nos indica la formación por parte de la empresa, ¿se refiere a la formación programada que realizan las empresas para sus trabajadores? Eso serían cosas distintas, si es tan amable indique más información para poder aclararle.

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