Los contenidos que se relacionan a continuación se ajustan a lo establecido en el Convenio colectivo estatal de la industria, tecnología y los servicios del sector del metal:
DEFINICIÓN DE LOS TRABAJOS
¿ Previsión de las necesidades de los diferentes equipos eléctricos.
¿ Líneas eléctricas aéreas y subterráneas de alta y baja tensión.
¿ Centros de transformación.
¿ Subestaciones.
¿ Montaje y mantenimiento eléctrico industrial y edificación.
¿ Instalaciones provisionales de obra.
TÉCNICAS PREVENTIVAS ESPECÍFICAS.
¿ Identificación de riesgos.
¿ Evaluación de riesgos del puesto (genérica).
¿ Medios auxiliares (plataformas elevadoras, andamios, escaleras de mano, máquinas de tiro, de freno, de emalmar, poleas, gatos, carros de salida a conductores y pértigas de verificación de ausencia de tensión).
¿ Equipos de trabajo y herramientas: riesgos y medidas preventivas.
¿ RD 614/2001.
¿ Manipulación manual de cargas.
¿ Trabajos en altura.
¿ Medios de protección colectiva (colocación, usos, obligaciones y mantenimiento).
¿ Medios de protección individual (colocación, usos, obligaciones y mantenimiento).
¿ Materiales y productos (etiquetado, fichas de datos de seguridad y frases H y P, etc.).
¿ Utilización de líneas de vida verticales y horizontales en los distintos tipos de anclaje y estructuras.