1. DEFINICIÓN DE LOSTRABAJOS (1 hora).
2.TÉCNICAS PREVENTIVAS Y DE PROTECCIÓN ESPECÍFICAS AL PUESTO DE TRABAJO DE CADA MÁQUINA EN PARTICULAR (7 horas).
2.1. Peligros asociados a las tareas definidas en el apartado 1º, y en particular a las siguientes:
a) Antes de comenzar el trabajo: - Revisión del lugar del trabajo. - Revisión del equipo, máquinas, accesorios e instrumental antes de su puesta en marcha, incluyendo los sistemas que inciden en su seguridad. - Operaciones básicas de mantenimiento. - Acceso al puesto de trabajo o a los puntos de mantenimiento.- Comprobación de las instalaciones eléctricas, hidráulicas y neumáticas.
b) Durante el trabajo:
Comunes a todos los grupos a que se refiere la presente especificación técnica:- Preparación de los equipos para la ejecución de los trabajos. - Puesta en marcha de los equipos.- Alimentación de material a los equipos.- Funcionamiento de los equipos. Supervisión. - Descarga de material de los equipos.- Finalización de los trabajos. Parada de los equipos. - Resolución de problemas.
- Montaje, puesta en servicio, mantenimiento y revisión de equipos o instalaciones (eléctricas, hidráulicas y neumáticas). - Trabajos especiales (Procedimientos). 2.2. Medidas preventivas acordes a los peligros asociados a las actividades anteriores.
2.3. Primeros auxilios.
2.4. Plan de emergencia y evacuación.
2.5. Procedimientos de trabajo seguro.
3. EQUIPOS, HERRAMIENTAS O MEDIOS AUXILIARES DE CADA MÁQUINA EN PARTICULAR (7 horas).
3.1. Conocimiento de los equipos, accesorios, máquinas o instalaciones.
3.2. Limitaciones técnicas en el uso previsto de las máquinas o instalaciones, según especificaciones del fabricante.
3.3. Elementos y sistemas de seguridad asociados a las máquinas o instalaciones.
3.4. Peligros residuales asociados a cada equipo de trabajo en particular, especificados en el manual de instrucciones del equipo.
3.5. Medidas de prevención y protección indicadas por los fabricantes de los equipos instrumental y sustancias, en su caso.
3.6. Posibles prescripciones o limitaciones impuestas por los talleres de reparación y/o mantenimiento a cada equipo en particular.
3.7. Medidas incorporadas al equipo en particular y a los accesorios en caso de adecuación a las disposiciones establecidas en el anexo I del Real Decreto 1215/1997.
4. CONTROL Y VIGILANCIA SOBRE EL LUGAR DE TRABAJO Y SU ENTORNO (2 horas).
5. INTERFERENCIAS CON OTRAS ACTIVIDADES (2 horas).
6. NORMATIVA Y LEGISLACIÓN (1 hora).