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Importante novedad 2018: las empresas pueden reservar el crédito formativo

17 abril 2018

Desde el 1 de enero de este año 2018 entran en vigor algunas novedades, que ya mencionaba la Ley 30/2015, y el RD 694/2017 que desarrolla parcialmente dicha Ley.

Desde primeros de año están en vigor todas las nuevas medidas que han traído estos documentos, mientras esperamos otras Órdenes Ministeriales que terminen de asegurar jurídicamente el sector de la Formación Bonificada.

La medida estrella del R.D. 694/2017, y sobre la que había interpretaciones confusas, es la posibilidad de acumular el crédito no dispuesto. Ahora ya está claro, y desde Formalia se facilita a todas las empresas de menos de 50 trabajadores el poder utilizar el crédito y acumular, lo no gastado con el crédito del año siguiente, y poder acumularlo hasta dos años seguidos. Por ejemplo, una empresa con un crédito mínimo de 420€ podría acumular hasta 1.260€ para hacer a coste cero, o descontando esta cantidad en formar a sus trabajadores.

El art. 11.3 del RD dice lo siguiente: “las empresas de menos de 50 trabajadores podrán comunicar a la Administración Pública competente, durante el primer semestre del ejercicio en curso, la voluntad de acumular su crédito de formación con el del siguiente o los dos siguientes ejercicios, de forma que el crédito de formación no dispuesto en un ejercicio podrá aplicarse en el siguiente o hasta los dos siguientes, según la voluntad manifestada por la empresa”.

Contacta con tú Técnico o Comercial de cualquiera de las empresas de Grupo Preving, y te facilitarán el Nuevo Convenio de Adhesión de tú zona, para que podamos comunicar la reserva del crédito en caso de no usarlo. IMPORTANTE: ANTES DEL 30 DE JUNIO. Además, te informaremos gratuitamente del crédito disponible para formar a tus trabajadores.

Las empresas podrán indicar, hasta el 30 de junio, si desean acumular el crédito (sin necesidad de indicar el importe). En este caso, el crédito del cual la empresa no haya dispuesto a 31 de diciembre, se acumulará para el o los dos ejercicios siguientes. En caso de no hacer el trámite antes del 1 de julio, la cuantía no dispuesta se considerará desestimada por las empresas.

Si una empresa decide (por ejemplo, en mayo) que quiere guardar el crédito para el próximo año, pero en septiembre decide hacer una formación, es posible utilizar el crédito, aunque se haya comunicado la voluntad de reservarlo para el o los dos ejercicios siguientes.

Si tienes dudas puedes contactar con info@e-formalia.es , o directamente rellenar el documento y remitirlo a dicho correo electrónico.

Descarga documento aquí: Adhesión al Contrato (en blanco)

Aprovecha esta oportunidad, pues no hay “letra pequeña”, si te reservamos el crédito antes de que finalice el semestre, puedes guardar lo que no consumas a fecha 31 de diciembre, y si no lo haces perderás los importes no utilizados en dicha fecha. Todo son ventajas.

Miguel Ángel Lucas Romero
Director Nacional de Formación
Formalia – Grupo Preving

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